Codigo de ética.

  • 13-01-10

Código de Ética  de las Agencias afiliadas a la Asociación Mexicana de Agencias  Publicidad Farmacéutica. 

 

1.-La agencia se compromete a asegurar a sus clientes un tratamiento confidencial de toda la información que le es confiada.

 

2.-La información que ofrecen las agencias HealthCare debe estar contrastada y seguir criterios éticos, incluyendo también medidas de autorregulación, ya que la seguridad y eficacia de los medicamentos depende no sólo de unos elevados estándares técnicos y de calidad, sino también de factores externos como las correctas condiciones de uso de los mismos, capítulos donde la información resulta básica.

 

3.-Veracidad. La agencia se compromete a basar su comunicación en aseveraciones justas y verificadas, así como a referenciar con precisión las fuentes utilizadas en estudios científicos, investigaciones de mercado y otras fuentes de información.

  

4.-Cualificación científica. La agencia un departamento  con personal, médico, capaz de responder a los requerimientos del cliente de comunicación de salud, así como a actualizar sus conocimientos en las áreas de su competencia.

 

5.-La agencia es conocedora  importante inversión que realizan los laboratorios en I+D para desarrollar nuevas moléculas, capaces de crear nuevos medicamentos capaces de mejorar la salud y calidad de vida en las personas, las agencias de publicidad especializadas HealthCare están comprometidas  en un desarrollo responsable en la comunicación siguiendo estos lineamentos.

 

6.- La agencia  se compromete a una exclusividad, cuando esté a cargo de la marca, a la vez que se compromete a prestar sus servicios en términos de exclusividad, no pudiendo trabajar con productos de directa competencia, entendiéndose como competidores directos los que compartan principio activo y/o composición así como La agencia se compromete a asegurar a sus clientes un tratamiento confidencial de toda la información que le es confiada.

 

7.- La agencia  asistirá Pitch y/o    convocatorias de concursos no remunerados, con el objetivo de promover la transparencia agencia-cliente y optimizar la calidad de los servicios prestados, la agencia   a solicitara al cliente el número y nombre de las agencias convocadas, así como el presupuesto orientativo destinado al proyecto objeto de concurso y un plazo lógico de presentación.

 

8.- La agencia reivindica que tiene el derecho de la  Propiedad intelectual y /los derechos de autor que le son propios, remunerándose directamente por ellos, salvo a renunciar por este derecho específicamente bajo contrató de “cesión”;  contemplando asimismo el ámbito de aplicación temporal y territorial. En caso de presentaciones no ganadas, la propiedad intelectual del trabajo presentado permanecerá siempre en poder de la agencia.

 

9.-La agencia se compromete a contar con profesionales en el campo específico de la comunicación publicitaria, con departamentos propios de creación, estrategia, marketing y planificación, con el objetivo de prestar un servicio profesional de alta calidad.

 

10.-Contrato prestación de servicios La agencia promoverá que una parte de su remuneración sea en base a un contrato servicios  profesionales sin que esta remuneración quede incluida en otras formas de compensación.

 

11.-Marco legal. La agencia se compromete a actuar respetando la legislación vigente en la Republica Mexicana sobre la comunicación y publicidad de productos del ámbito de la salud.

 

12.-La agencia se compromete a hacer patente su pertenencia a Asociación Mexicana  de Agencias de Publicidad Farmacéutica y/o en sus siglas “ AMAPF “, mediante la inclusión del logo en su comunicación corporativa. Este logo constituye la garantía de adhesión al presente Código Ético.

 

13.-Difusión. La agencia se compromete a difundir el contenido de este Código Ético entre sus clientes, dentro del normal desarrollo de las relaciones comerciales habituales.